SEGURO DE ACCIDENTES
En primer lugar, debemos conocer un dato muy importante: Según UNESPA, los accidentes personales además de los daños Materiales (multirriesgos) y los siniestros derivados de la responsabilidad civil son los tres más comunes que recaen sobre las PYMES. Por ese motivo, el seguro de Accidentes es uno de los más demandados.
Además, no sólo las pymes deben protegerse de la problemática derivada de un accidente que sufra uno de sus trabajadores. Son muchas las personas que necesitan un seguro de accidentes a título personal. Muchos autónomos ejercitan profesiones de riesgo y la necesidad de cubrir a su familia en caso de fallecimiento o invalidez se hace más que evidente.
¿Qué cubre un seguro de Accidentes?
Como su nombre bien indica, el seguro de Accidentes cubre daños corporales que sufre el asegurado derivados de un siniestro, en su ámbito privado o mientras realiza su actividad laboral. Los riesgos más comunes cubiertos, son la muerte, la invalidez permanente y absoluta, e incluso la merma de ingresos o los gastos médicos.
Adicionalmente se pueden contratar coberturas como un subsidio diario, con un límite por contrato, en caso de hospitalización.
Causalidad: elemento esencial
Según la ley del Contrato del Seguro, la causa de un siniestro amparado por el seguro de accidentes, debe ser violenta, súbita, externa y sin intencionalidad. Por lo tanto, quedan especificadas las características que deben darse para que un suceso tenga la consideración de accidente y sea indemnizado por la compañía aseguradora.
En cuanto al efecto del accidente, éste tiene que ser la muerte o invalidez (permanente o temporal) del asegurado para que la compañía pague la indemnización al beneficiario que figure en la póliza, que será el que el asegurado haya designado. También podrá ser él mismo, en caso de invalidez o de precisar asistencia sanitaria a raíz del accidente.
El seguro de accidentes cubre lesiones ocurridas accidentes, pero no todas están contempladas por la póliza. Una de las exclusiones, por ley, son aquellas que ha provocado el asegurado con intencionalidad.
Lesiones derivadas de los conflictos armados, manifestaciones o huelgas legales también quedan excluidos. Ni por supuesto, todos los hechos ocurridos antes de tomar efecto el seguro. Algo que mucha gente desconoce es que tampoco quedan cubiertos los hechos ocurridos mientras que la póliza esta suspendida por un impago.
Los daños ocurridos por accidentes de tráfico normalmente son imputables al seguro del vehículo.
Dada la complejidad de estos productos, en caso de estar interesados, recomendamos solicitar información a través de nuestro formulario de contacto.
PARTICULARIDADES
Las causas de un accidente tienen que ser violentas, súbitas, externas y sin intencionalidad del asegurado para que el seguro de accidentes cubra el daño.
El precio del seguro de accidentes es inferior normalmente las pólizas de Vida. Esto se debe a que solo indemniza en caso de que la muerte sea a causa de un accidente. Sin embargo, algunas pólizas también contemplan el fallecimiento por infarto de miocardio.